Introducción: El riesgo de omitir el contrato escrito
Todo empresario debe saber que existen reglas fundamentales para garantizar una relación laboral fructífera y segura. La más importante es, sin duda, la formalización de la relación mediante un contrato de trabajo escrito.
Muchos empleadores subestiman este documento, pero el artículo 58 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) establece una advertencia clara que no debe ignorarse.
¿Qué dice la ley? (El peligro de la presunción)
El artículo 58 de la LOTTT establece dos puntos clave:
- Preferencias: El contrato debe hacerse por escrito. Aunque la relación laboral puede probarse verbalmente, la forma escrita siempre ofrece mayor seguridad jurídica.
- La sanción: Si la relación de trabajo está probada y no existe contrato escrito, la ley presume ciertas todas las afirmaciones del trabajador sobre el contenido de la relación (salvo prueba en contrario).
En términos prácticos: si no tienes un documento, el trabajador tiene la ventaja legal ante cualquier disputa sobre horarios, funciones o condiciones.
¿Relación laboral o civil/mercantil?
Para identificar si existe una verdadera relación de trabajo, debemos acudir al artículo 55 de la LOTTT. Esta relación se configura mediante cuatro elementos esenciales:
- Prestación personal: El servicio es prestado por una persona física.
- Remuneración: Recibir un pago (salario) a cambio.
- Subordinación: Estar bajo la dirección y supervisión del patrono.
- Ajenidad: Trabajar por cuenta y riesgo de otro.
Nota importante: Existen contratos civiles o mercantiles que cumplen con los primeros dos puntos (prestación de servicio y remuneración), pero no generan una relación laboral stricto sensu. Si falta la subordinación y la ajenidad, no hay obligación de pagar prestaciones sociales.
Cómo identificar la subordinación y la ajenidad
Es vital que el empleador aprenda a distinguir estos elementos, ya que su presencia define la naturaleza de tu obligación legal:
Manifestaciones de la Ajenidad:
El trabajador no asume los riesgos del negocio.
No participa en los frutos o rentas.
La ordenación de los factores de producción depende exclusivamente del empleador.
Manifestaciones de la Subordinación:
Obligación de cumplir un horario y disposición bajo la supervisión del patrono.
Ejecución de actividades bajo lineamientos y directrices de terceros.
Deber de lealtad (abstenerse de prácticas desleales).
Confidencialidad sobre la información productiva
Conclusión: ¿Por qué necesitas un contrato bien redactado?
Si la relación de trabajo es demostrable, la única forma de desvirtuar alegatos imprecisos o malintencionados por parte del trabajador es contar con un contrato de trabajo bien redactado.
Un contrato sólido no solo identifica a las partes; define con precisión el horario, las funciones específicas y las cláusulas de protección para tu empresa. No ver el contrato como una formalidad, sino como tu principal escudo estratégico ante posibles contingencias laborales.
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